Los Estados miembros de la Unión Europea y la Comisión Europea han preparado una propuesta conjunta para que la Organización Marítima Internacional (OMI) desarrolle estándares específicos aplicables a los sistemas de inteligencia artificial integrados en determinados equipos de navegación y comunicaciones de los buques. La iniciativa está destinada a la 112ª sesión del Comité de Seguridad Marítima (MSC 112), prevista en Londres del 14 al 18 de diciembre de 2026.
La última versión pública del documento preparatorio, fechada el 15 de julio, propone incorporar al programa de trabajo de la OMI la elaboración de estándares de funcionamiento para aquellos sistemas de IA que intervengan como componentes relacionados con la seguridad. La propuesta está respaldada por los 27 Estados miembros de la UE, incluida España, junto con la Comisión Europea.
El ámbito planteado es más limitado que una regulación general de la inteligencia artificial en el transporte marítimo. Los requisitos se aplicarían específicamente a sistemas instalados en equipos contemplados en los capítulos IV y V del Convenio SOLAS, relativos respectivamente a radiocomunicaciones y seguridad de la navegación, cuando la IA desempeñe una función de seguridad o cuando un fallo del sistema pueda generar directamente riesgos para las personas, los bienes o el medio marino.
Entre las aplicaciones consideradas figuran sistemas relacionados con la clasificación de objetos, la evaluación del riesgo de colisión, la supervisión de rutas o el procesamiento de señales de socorro. El documento excluye expresamente los sistemas utilizados únicamente para optimización del rendimiento, eficiencia, comodidad u otras funciones sin incidencia directa sobre la seguridad.
La propuesta europea parte de que las normas actuales de la OMI no abordan de forma sistemática determinadas características propias de los sistemas basados en inteligencia artificial. Entre ellas se encuentran la calidad y representatividad de los datos utilizados para entrenarlos, el comportamiento de los modelos, la información recibida de sensores y su funcionamiento ante condiciones distintas de aquellas para las que fueron desarrollados. El texto cita como ejemplos situaciones meteorológicas extremas, degradación de sensores o configuraciones de buques que no estuvieran suficientemente representadas en los datos de entrenamiento.
Los futuros estándares deberían cubrir cinco áreas principales: gestión de riesgos; calidad y gobernanza de los datos; precisión, solidez y ciberseguridad; supervisión humana y transparencia; y trazabilidad y documentación. La intención es que estos requisitos funcionen de manera horizontal y complementen las normas técnicas que ya existen para cada tipo de equipo, sin sustituirlas.
El componente humano ocupa también una parte específica de la propuesta. El documento señala la necesidad de que los tripulantes puedan comprender el comportamiento de los sistemas, supervisar su funcionamiento e intervenir cuando sea necesario. Asimismo, identifica el riesgo de que los operadores acepten automáticamente una recomendación incorrecta generada por una máquina o, en sentido contrario, terminen ignorando avisos válidos por falta de confianza en el sistema.
La iniciativa se plantea después de que la OMI adoptara en mayo de 2026 el Código Internacional de Seguridad para Buques de Superficie Marítimos Autónomos, conocido como Código MASS. Este instrumento, de carácter no obligatorio y en vigor desde el 1 de julio, establece un marco para buques comerciales autónomos o controlados a distancia. La propuesta europea considera, sin embargo, que el Código MASS está orientado principalmente a las operaciones autónomas y no proporciona por sí solo una base para evaluar sistemas de IA instalados en equipos de seguridad de buques convencionales.
El planteamiento tampoco obligaría a los armadores a instalar nuevos equipos. Los requisitos afectarían a los sistemas que los fabricantes decidieran incorporar a equipos de navegación o comunicaciones y su cumplimiento se verificaría mediante los mecanismos existentes de evaluación y aprobación de tipo. El borrador contempla que los estándares puedan adoptarse mediante una resolución del MSC y que se solicite a ISO e IEC el desarrollo de normas de ensayo asociadas.
La hoja de ruta propuesta sitúa en 2029 la fecha límite para completar y aprobar los estándares. Los promotores plantean que el trabajo sea asignado al Subcomité de Navegación, Comunicaciones y Búsqueda y Salvamento (NCSR), apoyado por un grupo de correspondencia intersesiones, con trabajos previstos entre 2027 y 2029 antes de que el texto regrese al Comité de Seguridad Marítima para su aprobación.
La documentación disponible corresponde todavía al proceso preparatorio europeo. Será el MSC 112 el que deberá examinar la propuesta de incorporación de este nuevo trabajo al programa regulatorio de la OMI y determinar su posterior desarrollo.