El Gobierno de Gibraltar ha emitido una nota técnica dirigida a la comunidad empresarial en la que detalla las disposiciones transitorias sobre mercancías contempladas en el tratado que regulará la futura relación del Peñón con la Unión Europea. El documento, publicado el 2 de febrero de 2026, se difunde antes de la publicación del texto completo del acuerdo con el objetivo de proporcionar claridad a los operadores económicos sobre diversos aspectos de la nueva normativa.
El tratado es el resultado del acuerdo político alcanzado el 11 de junio de 2025 entre los Gobiernos de Gibraltar, del Reino Unido y de España, junto con la Comisión Europea. En diciembre de 2025 se anunció que las partes habían llegado a un consenso sobre el texto definitivo del acuerdo. La fecha prevista para su entrada en vigor es el 10 de abril de 2026, coincidiendo con la puesta en marcha del Sistema de Entradas y Salidas de la Unión Europea.
En lo referente a la circulación de personas, el tratado establece controles fronterizos conjuntos de Gibraltar y Schengen en el puerto y el aeropuerto gibraltareños. Estos controles se llevarán a cabo en plena cooperación entre las autoridades de la UE y del Reino Unido/Gibraltar, lo que permitirá la eliminación de todos los controles en la frontera terrestre entre Gibraltar y España.
En materia de mercancías, las partes acordaron establecer una unión aduanera entre la Unión Europea y Gibraltar. Este marco permitirá una cooperación estrecha entre las autoridades aduaneras y la supresión de los controles sobre mercancías. Asimismo, el acuerdo incluye los principios de fiscalidad indirecta que se aplicarán en Gibraltar, incluido el tabaco, con el fin de evitar distorsiones económicas y contribuir a la prosperidad de toda la región.
La nota técnica detalla las disposiciones transitorias que regirán el periodo de adaptación tras la entrada en vigor del tratado. En primer lugar, el régimen de tránsito, el impuesto sobre transacciones y el cumplimiento de las normas de la UE no se aplicarán a las mercancías cuyo movimiento hacia Gibraltar haya comenzado antes de la entrada en vigor del tratado y concluya con posterioridad. Esta exención tendrá una duración de dos meses, durante los cuales las mercancías podrán venderse en Gibraltar sin impuesto sobre transacciones, sin impuestos especiales cuando proceda, y sin necesidad de cumplir con las normas comunitarias. Transcurrido ese plazo, dichas mercancías solo podrán comercializarse en Gibraltar si cumplen con la normativa europea.
En relación con el impuesto sobre transacciones, este no se aplicará a las mercancías amparadas por un certificado de exención de derechos de importación emitido conforme al Reglamento 8, Parte 3, del Reglamento sobre el Arancel Integrado de 2017. Esta exención se mantendrá durante la vigencia del certificado o durante tres meses desde la entrada en vigor del tratado, lo que ocurra primero. Una vez superado ese plazo, toda mercancía importada para tales proyectos estará sujeta al impuesto sobre transacciones en el momento de su importación en Gibraltar.
Las mercancías que ya se encontraran en el mercado gibraltareño antes de la fecha de entrada en vigor del tratado no estarán sujetas durante un periodo de tres meses a la obligación de cumplir las normas de la Unión Europea. Transcurrido ese periodo, no podrán venderse en Gibraltar si no cumplen con dicha normativa.
El documento también aborda la situación de las mercancías almacenadas. Aquellas que estuvieran en un almacén aduanero o en una instalación de almacenamiento temporal antes de la entrada en vigor del tratado podrán seguir almacenadas conforme a la legislación vigente en Gibraltar, siempre que sean despachadas del almacén aduanero en un plazo de dos meses tras la entrada en vigor del tratado, o que el almacenamiento temporal finalice en un plazo de 30 días desde que las mercancías fueron depositadas conforme a la legislación gibraltareña.
No obstante, el tratado se aplicará a la puesta en libre circulación, a la finalización del régimen especial y a cualquier reexportación desde Gibraltar de dichas mercancías. El acuerdo también será aplicable cuando un operador desee mantener las mercancías en un depósito una vez superados los plazos establecidos.
El Gobierno de Gibraltar ha venido proporcionando información a la comunidad empresarial sobre el contenido del tratado y las consecuencias de un escenario sin acuerdo negociado. El Grupo Asesor para la Transición Empresarial se constituyó a principios de 2025 con el objetivo de facilitar la adaptación del tejido económico gibraltareño al nuevo marco regulatorio.
Para ampliar la información sobre el tratado, el Gobierno de Gibraltar ha convocado una sesión informativa dirigida a la comunidad empresarial que se celebrará el miércoles 4 de febrero en Grand Battery House a las 14:30 horas. Las autoridades gibraltareñas han anunciado que proporcionarán más detalles en dichas reuniones, mediante notas técnicas posteriores, o a través de ambos canales cuando sea necesario.