La Comisión Negociadora del III Convenio Colectivo para la regulación de las relaciones laborales del sector portuario del Puerto de Valencia ha aprobado un acuerdo de modificación de su texto articulado. La actualización, ya inscrita y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP, núm. 105), responde a la necesidad de mantener el marco laboral del puerto alineado con la seguridad jurídica vigente, las novedades legislativas y las necesidades operativas de la estiba.
El grueso de la reforma obedece a la adaptación obligatoria del convenio a los cambios introducidos en el V Acuerdo Sectorial Estatal de la Estiba Portuaria, derivados de la aplicación de la sentencia núm. 551/2025 de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de 5 de junio de 2025, que anuló determinados preceptos del acuerdo estatal.
Una de las novedades más relevantes es la incorporación formal de los denominados permisos climáticos. A partir de ahora, el personal portuario dispondrá de hasta cuatro días de permiso retribuido cuando no pueda acceder al centro de trabajo por restricciones impuestas por las autoridades, catástrofes naturales o fenómenos meteorológicos adversos. La medida adapta el texto convencional a los cambios introducidos en el Estatuto de los Trabajadores con posterioridad a la firma original del convenio y busca garantizar la cobertura salarial de los trabajadores afectados por este tipo de situaciones extraordinarias.
El acuerdo incorpora también cambios en la regulación de la financiación del Fondo de Asistencia Social, un instrumento destinado a la cobertura de determinadas prestaciones y ayudas para los trabajadores del sector, mejorando la gestión operativa de este recurso en el ámbito portuario.



