El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha alcanzado un acuerdo con el Departamento de Mercancías del Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC) para elevar a Consejo de Ministros un nuevo Real Decreto-ley con medidas adicionales de apoyo al sector del transporte de mercancías, en respuesta al impacto económico derivado de la crisis bélica en Irán y el consiguiente encarecimiento de los combustibles.
La reunión, celebrada este lunes 30 de marzo, contó con la participación de la secretaria general de Transporte Terrestre, Rocío Báguena, y la directora general de Transporte por Carretera y Ferrocarril, Elena María Atance, junto con representantes del Ministerio de Hacienda —el director general de Tributos, Jorge Ferreras— y del Ministerio de Economía —el director general de Política Económica, Javier Muñoz—.
El paquete de medidas acordado se articula en torno a tres ejes. En primer lugar, la modificación de la fórmula de revisión del precio del transporte en función de la variación del precio del combustible. La nueva fórmula, cerrada durante la reunión de este lunes, quedará vinculada al precio del carburante antes de impuestos, lo que evitará la necesidad de revisiones adicionales en futuras situaciones de crisis. A modo de referencia, a fecha de hoy el peso del combustible en la fórmula se incrementaría del 30% actual al 40%. Paralelamente, se modificará la redacción del artículo 38 de la Ley 15/2009 del contrato de transporte terrestre de mercancías para reforzar el carácter automático y obligatorio de la aplicación de dicha fórmula.
En segundo lugar, el Real Decreto-ley consolidará con rango legal las aclaraciones que el Ministerio publicó mediante nota interpretativa el pasado 27 de marzo. En tercer lugar, se establecerá la obligación de desglosar en la factura el ajuste por variación del precio del carburante previsto en el Real Decreto-ley 3/2022, eliminándose la posibilidad de recoger expresamente en los contratos otra forma de reflejar este ajuste. Adicionalmente, ambas partes asumen el compromiso de analizar un tipo sancionador que penalice el incumplimiento de estas medidas.



