La Capitanía Marítima de Huelva ha emitido una resolución que establece nuevas regulaciones para el uso de motos náuticas en la provincia de Huelva. Según esta resolución, las motos náuticas solo podrán navegar a más de 300 metros de la playa, creando una zona de seguridad entre los bañistas y estas embarcaciones.
La normativa prohíbe la navegación de motos náuticas en las zonas de baño balizadas y en las playas u otras áreas ribereñas, desde la orilla hasta los 300 metros, salvo para acceder a los canales de lanzamiento y varada. En estos casos, deberán seguir una trayectoria perpendicular a la playa y no superar los tres nudos de velocidad. Además, si el balizamiento de la zona de baño se encuentra a más de 200 metros de la playa, la zona restringida se extenderá por otros 100 metros desde las boyas de señalización.
La Capitanía Marítima ha justificado estas restricciones por motivos de seguridad marítima y prevención de la contaminación del medio marino, buscando evitar accidentes e incidentes en las playas y otras zonas ribereñas. Las motos náuticas, capaces de alcanzar velocidades superiores a 80 km/h, representan un riesgo significativo para los bañistas y otros usuarios del espacio acuático, como piragüistas, practicantes de vela ligera y tablas impulsadas a remo.
La resolución también estipula que la navegación sin restricciones especiales para las motos náuticas se limitará a las zonas marítimas situadas a más de 300 metros de la playa o a una distancia igual a la zona balizada para el baño más otros 100 metros, dependiendo de cuál sea mayor. En cualquier caso, la navegación debe evitar trayectorias erráticas, aproximaciones excesivas y el cruce de la proa de otras embarcaciones a menos de 50 metros, entre otras maniobras peligrosas.



