Las Capitanías Marítimas, dependientes de la Dirección General de la Marina Mercante del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, llevaron a cabo más de 3.000 inspecciones a buques durante el año 2025, según el balance anual publicado este miércoles por el departamento ministerial. La cifra abarca diferentes categorías de control orientadas tanto a la seguridad de la navegación como al cumplimiento de las normativas medioambientales vigentes en aguas y puertos españoles.
Del total de inspecciones, las más relevantes por volumen fueron las denominadas inspecciones París MoU, un mecanismo de control armonizado entre los países firmantes de este memorando de entendimiento que permite verificar las condiciones de seguridad de los buques mercantes de pabellón extranjero que arriban a puertos o fondeaderos de los Estados miembros. En el caso de España, se completaron 1.292 inspecciones de este tipo a lo largo del pasado ejercicio, una cifra que sitúa al país entre los primeros puestos del ranking de controles realizados por los Estados adheridos al acuerdo.
Estas inspecciones abarcan buques mercantes, buques de pasaje de transbordo rodado —conocidos como ro-pax—, así como naves de pasaje de gran velocidad en servicio regular extranjero, categoría que incluye ferris y cruceros. Durante los controles, los inspectores de las Capitanías Marítimas comprueban que las embarcaciones disponen de las medidas de seguridad exigidas por la normativa internacional para poder operar en aguas europeas.
En el ámbito de la sostenibilidad, el segundo tipo de inspecciones más frecuente fue el relativo al control de las emisiones de óxido de azufre a la atmósfera. Las Capitanías Marítimas realizaron 809 inspecciones y 285 análisis de muestras de combustible con el objetivo de verificar que los buques cumplen con los límites de contenido de azufre establecidos tanto por la normativa europea como por el Convenio MARPOL (Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación procedente de los Buques) de la Organización Marítima Internacional (OMI). La regulación vigente establece que el contenido de azufre en los combustibles utilizados por los buques no puede superar el 0,10% masa/masa en zona de fondeo y en puerto, mientras que en navegación el límite se fija en el 0,50% masa/masa. De las inspecciones realizadas, solo se detectaron siete incumplimientos, un dato que apunta a un grado de cumplimiento elevado por parte de las navieras que operan en aguas españolas.



