El Parlamento Europeo recoge las demandas del Puerto de Algeciras en el sistema de comercio de derechos de emisión

Las emisiones procedentes del transporte marítimo estarán incluidas por primera vez en el ámbito de aplicación del RCDE UE

El Consejo Europeo ha dado luz verde a la reforma del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión (RCDE), ampliando su alcance para incluir los sectores marítimo y aéreo, así como el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono y un nuevo Fondo Social para el Clima.

Por primera vez en la historia, las emisiones del transporte marítimo se integrarán en el RCDE. Las navieras tendrán que cumplir con la entrega de derechos de emisión de manera gradual: 40% de las emisiones verificadas a partir de 2024, 70% desde 2025 y 100% a partir de 2026.

Antes de ser aprobada por el Consejo Europeo, la Eurocámara ratificó el pasado 18 de abril el acuerdo final del sistema de comercio de derechos de emisión para el transporte marítimo, también conocido como Emissions Trading System (ETS). Una novedad importante en el acuerdo es la creación de la figura de los puertos vecinos de transbordo de contenedores, ubicados fuera de la UE y cuyas escalas de las navieras no contarán para el recuento de las emisiones, evitando así una fuga de carbono. Esta figura se suma a la de los puertos de escala ya incluida en versiones anteriores de la normativa.

La resolución establece como puertos vecinos de transbordo de contenedores aquellos situados en países no pertenecientes a la UE, pero a una distancia menor a 300 millas de un puerto bajo jurisdicción de un Estado miembro y cuya actividad de transbordo de contenedores supere el 65% del total anual. La Comisión Europea establecerá los puertos «vecinos» de transbordo antes de finalizar 2023 y revisará la lista cada dos años.

La mayoría de los grandes buques estarán sujetos al RCDE desde el inicio, mientras que otros, como los buques de alta mar, se incluirán primero en el Reglamento de seguimiento, notificación y verificación de emisiones de CO2 del transporte marítimo y posteriormente en el RCDE.

La Comisión se encargará de monitorear constantemente las repercusiones del actual Reglamento en la desviación de mercancías, especialmente a través de los puertos de transbordo en países adyacentes. Si la Comisión identifica efectos negativos significativos en los puertos de la Unión, presentará propuestas legislativas al Parlamento Europeo y al Consejo para enmendar el mencionado Reglamento. Específicamente, la Comisión examinará el impacto de este Reglamento en las regiones ultraperiféricas y las islas, y, de ser necesario, propondrá ajustes al alcance del mismo.

La adopción de este marco legal se alinea con las necesidades del Puerto de Algeciras, donde el transbordo constituye el 85% de su movimiento de contenedores, que llegó a 4,76 millones de TEUs en 2022, y que comparte clientes y rutas con Tánger Med. El puerto marroquí cercano, situado a tan solo 20 millas náuticas logró 7,6 millones de TEUs el año pasado.

Ambos puertos son puntos esenciales en el Estrecho de Gibraltar y en la cadena de suministro global de contenedores, y comparten rutas con el norte de Europa, el Mediterráneo occidental, Asia, Estados Unidos y Oriente Medio.

Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono

El Reglamento incorpora un Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (MAFC) para determinados sectores, con el objetivo de reducir el riesgo de la fuga de carbono. Así, se aseguraría que el costo de las importaciones refleje de manera más exacta su contenido de carbono. Esta disposición se diseñará de forma que cumpla con las regulaciones de la Organización Mundial del Comercio y otros compromisos internacionales de la UE.

El Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (MAFC) es un mecanismo que afecta a las importaciones de productos en industrias intensivas en carbono. El objetivo del MAFC es evitar, de plena conformidad con las normas del comercio internacional, que los esfuerzos de la UE para reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero se vean contrarrestados por un aumento de las emisiones fuera de sus fronteras debido a la deslocalización de la producción a países cuyas políticas contra el cambio climático sean menos ambiciosas que las de la UE, o debido al aumento de las importaciones de productos intensivos en carbono.

Hasta finales de 2025, el MAFC solo se aplicará como obligación de notificación. El MAFC se introducirá gradualmente, de forma paralela a la eliminación progresiva de los derechos gratuitos, una vez que esta empiece a aplicarse en el marco del RCDE UE para los sectores afectados. Los derechos gratuitos para los sectores cubiertos por el MAFC —cemento, aluminio, abonos, producción de energía eléctrica, hidrógeno, fundición, hierro y acero, así como algunos precursores y un número limitado de productos transformados— se eliminarán progresivamente a lo largo de un periodo de nueve años, entre 2026 y 2034.

El MAFC promueve la importación a la UE de bienes de empresas no pertenecientes a la UE que cumplan las estrictas normas climáticas aplicables en los veintisiete Estados miembros de la Unión. De este modo, se garantizará un trato equilibrado de estas importaciones. Además, se pretende con ello animar a los socios de la UE en el mundo a unirse a los esfuerzos de la UE en materia de clima.

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