La restricción temporal de viajes no imprescindibles, prorrogada hasta el 15 de junio, fecha de inicio de la OPE

Aunque todo hace indicar que el dispositivo de tránsito de viajeros se suspenderá este año por el coronavirus, los puertos implicados siguen a la espera de conocerlo de manera oficial

A las 00:00 horas de este sábado 16 de mayo ha entrado en vigor la prórroga de los criterios establecidos por el Gobierno de España para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública, decisión que se prolongará hasta el próximo 15 de junio, curiosamente, la fecha prevista para el inicio oficial, como cada año, de la Operación Paso del Estrecho.

Así lo recoge una Orden publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que aboga por extender la aplicación de esta medida de restricción temporal adoptada el pasado 17 de marzo por los miembros del Consejo Europeo para limitar la expansión de la pandemia, que se ha ido prorrogando tras evaluar la situación.

De este modo, los únicos nacionales de terceros países de la Unión Europa que podrán viajar son los residentes que se dirijan a su lugar de residencia, los titulares de un visado de larga duración expedido por un país miembro al que se dirijan y los trabajadores transfronterizos.

Además, están autorizados a desplazarse los profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que regresen de realizar su labor, el personal dedicado al transporte de mercancías, el personal militar, diplomático o consular y aquellas personas que acrediten causas de fuerza mayor o motivos familiares imperativos. Esto es lo que se viene aplicando desde mediados de marzo en el enlace marítimo entre Algeciras y la Ciudad Autónoma de Ceuta, con apenas unas pocas decenas de pasajeros que viajan a diario, pero que previamente, en el momento de adquirir sus billetes, deben presentar una autorización expresa a la naviera que se encarga de dar cobertura a la ruta, en este caso Balearia y Armas – Trasmediterránea.

Así, se permitirá entrar en España, entre otras, a las personas registradas como residentes que se dirijan directamente a su lugar de residencia en otro estado miembro, Schengen o Andorra, o al cónyuge de ciudadano español o pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público, y aquellos ascendientes y descendientes que vivan a su cargo, siempre que viajen con o para reunirse con éste.

Por otro lado, la Orden publicada este viernes en el BOE también establece que se mantiene el cierre, con carácter temporal, de los puestos terrestres habilitados para la entrada y la salida de España a través de las ciudades de Ceuta y Melilla, algo que se une al cierre de fronteras, terrestres y marítimas de Marruecos, por lo que la Operación Paso del Estrecho 2020 sigue estando en el aire, aunque los puertos implicados, como los de Algeciras, Tarifa o Ceuta, siguen a la espera de conocer novedades de primera mano, por parte del Gobierno, que, por lo pronto, cuenta con un mes más de margen para decidir si suspenderla o no  de manera oficial.

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